Deducciones
Las deducciones son descuentos recurrentes u ocasionales que se aplican al salario del empleado, adicionales a las deducciones legales de CSS, Seguro Educativo e ISR. Incluyen embargos judiciales, pensiones alimenticias, seguros, cuotas sindicales y otros conceptos.
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Lista de Deducciones
La grilla muestra todas las deducciones activas con filtros por:
- Empleado — Deducciones de un empleado específico
- Tipo — Tipo de deducción
- Estado — Activa o Inactiva
- Frecuencia — Única, Quincenal, Mensual, Anual
| Columna | Descripción |
|---|---|
| Empleado | Nombre del empleado |
| Tipo | Tipo de deducción |
| Nombre | Descripción de la deducción |
| Monto | Monto fijo o porcentaje |
| Frecuencia | Periodicidad del descuento |
| Vigencia | Fecha inicio y fin |
| Obligatoria | Si es un descuento obligatorio (embargo, pensión) |
| Estado | Activa o Inactiva |
Crear / Editar Deducción
Tipo de Deducción
| Campo | Requerido | Descripción |
|---|---|---|
| Empleado | Sí | Seleccione el empleado |
| Tipo de Deducción | Sí | Ver tabla de tipos abajo |
| Nombre | Sí | Nombre descriptivo (ej: "Seguro Médico Blue Cross") |
| Descripción | No | Detalle adicional |
Tipos de Deducción
| Tipo | Descripción | Obligatoria |
|---|---|---|
| Uniforme | Descuento por uniformes proporcionados | No |
| Seguro Médico | Prima de seguro médico privado | No |
| Seguro de Vida | Prima de seguro de vida | No |
| Embargo | Embargo judicial sobre el salario | Sí |
| Cuota Sindical | Cuota del sindicato al que pertenece | Depende |
| Pensión | Plan de pensión complementario | No |
| Pensión Alimenticia | Orden judicial de pensión alimenticia | Sí |
| Cooperativa | Cuotas de cooperativa de ahorro | No |
| Ahorro Voluntario | Plan de ahorro voluntario | No |
| Faltante | Descuento por faltantes (caja, inventario) | No |
| Multa | Multas disciplinarias | No |
| Otro | Otros tipos de deducción | No |
Frecuencia y Vigencia
| Campo | Requerido | Descripción |
|---|---|---|
| Frecuencia | Sí | Único (una sola vez), Quincenal, Mensual, Anual |
| Fecha Inicio | Sí | Fecha desde la cual se aplica la deducción |
| Fecha Fin | No | Fecha hasta la cual se aplica (vacío = indefinida) |
| Activa | Sí | Si la deducción está vigente |
Cálculo del Monto
| Campo | Requerido | Descripción |
|---|---|---|
| Tipo de Monto | Sí | Fijo (monto fijo), Porcentaje (% del salario), Variable (monto varía) |
| Monto Fijo | Condicional | Monto en B/. (si tipo = Fijo) |
| Porcentaje del Salario | Condicional | % sobre el salario bruto (si tipo = Porcentaje) |
| Monto Máximo | No | Tope máximo de deducción |
| Monto Mínimo | No | Monto mínimo de deducción |
| Monto Actual | Auto | Monto calculado para el período actual |
Información para Embargos y Pensiones
Estos campos se habilitan cuando el tipo es Embargo o Pensión Alimenticia:
| Campo | Descripción |
|---|---|
| Es Obligatoria | Marcado automáticamente para embargos y pensiones |
| Prioridad | Orden de prioridad de deducción (1 = más alta). Los embargos judiciales tienen prioridad sobre otras deducciones |
| Orden Judicial | Número del expediente judicial o resolución |
| Beneficiario | Nombre del beneficiario del embargo o pensión |
| Cuenta del Beneficiario | Cuenta bancaria donde depositar |
| Puede Exceder % Máximo | Los embargos judiciales pueden exceder el % máximo normal de deducción |
Límites de Deducción
| Campo | Descripción |
|---|---|
| % Máximo de Deducción | Porcentaje máximo del salario que puede deducirse (por defecto: 100%) |
| Puede Exceder Límite | Solo para embargos judiciales que así lo ordenen |
Reglas Legales sobre Embargos
En Panamá, las deducciones por embargos judiciales tienen reglas específicas:
Límites de Embargo
- Pensión alimenticia: Tiene prioridad sobre cualquier otro embargo. No tiene límite porcentual (el juez determina el monto).
- Embargos ejecutivos: Máximo el 30% del salario neto (después de CSS, SE e ISR).
- Salario mínimo inembargable: No se puede embargar una cantidad que deje al trabajador por debajo del salario mínimo vigente.
- Orden de prioridad: Si hay múltiples embargos, se aplican en el orden establecido por los juzgados.
Efecto en la Planilla
Las deducciones activas que coinciden con el período de planilla se incluyen automáticamente:
- Se evalúa la vigencia (fecha inicio ≤ fecha planilla ≤ fecha fin)
- Se calcula el monto según el tipo (fijo, porcentaje o variable)
- Se verifica que no exceda el límite máximo de deducción
- Se incluye como otras deducciones en el detalle de planilla
- Las deducciones obligatorias (embargos) tienen prioridad sobre las voluntarias
Buenas Prácticas
- Embargos primero — Siempre ingrese los embargos judiciales con la prioridad correcta
- Documente todo — Mantenga copia de las órdenes judiciales y autorizaciones
- Verifique vigencia — Desactive deducciones que ya no aplican
- Notifique al empleado — Active la opción de notificación para que el empleado esté informado
- Respete los límites — Asegúrese de que las deducciones totales no excedan los límites legales